La Llei de Memòria Democràtica
que el Parlament Balear aprobó el año pasado propone sanciones contra la
exhibición de escudos, insignias, placas u otros objetos o menciones de
exaltación o enaltecimiento «del franquismo, sus dirigentes o de las
organizaciones que sustentaron el régimen dictatorial». Además plantea
como una infracción grave «las manifestaciones o exhibiciones por parte
de representantes públicos y funcionarios de la administración que
enaltezcan o hagan apología del golpe militar de 1936, la Guerra Civil y
la Dictadura». Sin embargo no especifica en ningún momento la
ilegalidad de los himnos franquistas, tal y como sonaron el pasado viernes en las inmediaciones del Coliseo Balear con motivo de la corrida de toros.
De momento, la Secretaría de Memòria Democràtica y Bon Govern ha pedido un informe a sus servicios jurídicos recopilando los hechos para ver si pueden constituir un delito en cuyo caso el responsable (ya sea el organizador del evento o el Coliseo Balear) se enfrentaría a una sanción de hasta 10 mil euros. Una vez terminado, se presentará a la Abogacía de la Comunidad Autónoma «para ver si hay o no base para llevarlo ante la fiscalía y que se investigue», explica el responsable político, Jesús Jurado.
Trabajan en base al artículo 23 y 36 de la ley del que se tendrá que hacer una interpretación. «Lo que pasa es que la ley no tenía este objeto cuando se elaboró, estaba pensada para los memoriales de épocas franquistas», explica Jurado.
En caso de que la interpretación de la normativa no permita penar el hecho de poner en público canciones que enaltecen el franquismo, «yo mismo lo llevaré para tratarlo en el seno de la comisión», añade Jurado, quien propondrá una modificación de la ley aprobada el 3 de abril del 2018.
Está previsto que la Comissió Tècnica de Memòria y Reconeixements Democràtics se convoque a finales de este mes o a principios de septiembre, en la que se hablará de reformar la ley «para que este tipo de cosas no se permitan», asegura Jurado. «Es lógico que no pueda sonar impunemente el Cara al sol, igual que en Alemania no pueden poner un himno nazi sin que le caiga encima el peso de la ley».
La normativa de Aragón, el ejemplo a seguir
La ley 14/2018, de 8 de noviembre, de memoria democrática de Aragón es uno de los ejemplos que pone el secretario autonómico, Jesús Jurado, para tener en cuenta ya que sí incorpora los supuestos más allá de monumentos, placas o cruces de exaltación del franquismo.
En caso de que la actual ley balear sea insuficiente para perseguir a los himnos franquista sería el posible reflejo en el que mirarse.
De momento, la Secretaría de Memòria Democràtica y Bon Govern ha pedido un informe a sus servicios jurídicos recopilando los hechos para ver si pueden constituir un delito en cuyo caso el responsable (ya sea el organizador del evento o el Coliseo Balear) se enfrentaría a una sanción de hasta 10 mil euros. Una vez terminado, se presentará a la Abogacía de la Comunidad Autónoma «para ver si hay o no base para llevarlo ante la fiscalía y que se investigue», explica el responsable político, Jesús Jurado.
Trabajan en base al artículo 23 y 36 de la ley del que se tendrá que hacer una interpretación. «Lo que pasa es que la ley no tenía este objeto cuando se elaboró, estaba pensada para los memoriales de épocas franquistas», explica Jurado.
En caso de que la interpretación de la normativa no permita penar el hecho de poner en público canciones que enaltecen el franquismo, «yo mismo lo llevaré para tratarlo en el seno de la comisión», añade Jurado, quien propondrá una modificación de la ley aprobada el 3 de abril del 2018.
Está previsto que la Comissió Tècnica de Memòria y Reconeixements Democràtics se convoque a finales de este mes o a principios de septiembre, en la que se hablará de reformar la ley «para que este tipo de cosas no se permitan», asegura Jurado. «Es lógico que no pueda sonar impunemente el Cara al sol, igual que en Alemania no pueden poner un himno nazi sin que le caiga encima el peso de la ley».
La normativa de Aragón, el ejemplo a seguir
La ley 14/2018, de 8 de noviembre, de memoria democrática de Aragón es uno de los ejemplos que pone el secretario autonómico, Jesús Jurado, para tener en cuenta ya que sí incorpora los supuestos más allá de monumentos, placas o cruces de exaltación del franquismo.
En caso de que la actual ley balear sea insuficiente para perseguir a los himnos franquista sería el posible reflejo en el que mirarse.